SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

Fragmento 19

         En primera instancia, corresponde referirse al argumento vertido por las autoridades demandadas indicadas, quienes en su informe verbal y escrito, respectivamente, manifestaron que en el presente recurso no se cumplió con el principio de inmediatez que caracteriza a esta acción tutelar, ya que desde la notificación con el Auto de Vista 76/2005, efectuada el 22 de abril de ese año, hasta la fecha de interposición del amparo, transcurrieron más de dos años, por lo que éste se hubiera planteado fuera del plazo de los seis meses establecido por la jurisprudencia constitucional, no siendo posible que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, habiendo el accionante dejado precluir su derecho de impugnar dicho actuado y en su caso pretender una nulidad de obrados.