SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

I.2.3. Intervención del tercero interesado

René Gerardo Cruz Arce, por medio de su abogado, arguyó que la presente acción tutelar no cumple con las exigencias legales y jurisprudenciales a los fines de su admisión. En cuanto al fondo del asunto expresa que dentro del proceso civil seguido en su contra, los representados de los recurrentes no interpusieron excepción de arbitraje sino más bien presentaron dos memoriales indicando que la Sociedad Accidental no existía, que nunca nació a la vida jurídica y por lo tanto no tienen que rendir cuentas a nadie, suponiéndose una renuncia tácita, no pueden ahora hacer valer la cláusula décima primera del contrato, porque se trataría de actos consentidos en forma libre y espontánea, por lo que, no puede ser evaluado por el Tribunal de garantías. Finalmente, solicitó la improcedencia del recurso con costas y multas a los recurrentes.