SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1021/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

II.3.

II.3. Mediante certificado de 16 de agosto de 2004, el Director Departamental de Trabajo de Potosí, expresó que por denuncia de René Gerardo Cruz Arce contra los representados de los recurrentes, para conciliar sobre la rendición de cuentas de la sociedad accidental que formaron, se emitieron dos comparendos de notificación para la audiencia, a la que no asistieron, y pese de haberse notificado en forma personal para la audiencia de 14 del citado mes y año, la misma no se realizó; posteriormente, el abogado de los representados de los recurrentes solicitaron la inhibitoria del caso puesto que se ventilaba ante el Juzgado Tercero en lo Civil y Comercial no dentro del campo del derecho laboral; señalando además que no se concilió hasta esa fecha porque la parte demandada no aceptó (fs. 32).