SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1096/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 191/2007 de 31 de julio, cursante de fs. 141 a 143 vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Roberto Quispe Puma y Ernesto Quispe Puma, en representación de Gustavo Díaz Oropeza contra Oswaldo Fong Roca, Elena Lowenthal Claros de Padilla y Teresa Rosquellas Fernández, Vocales de la Sala Penal de la Corte Superior; y Yenny Yaqueline Montero Arismendy, Jueza de Instrucción Mixta y cautelar de Camargo todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de los derechos de su representado a "la seguridad jurídica" y a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. d) y j) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- 1)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Sobre la legalidad ordinaria como atribución de la jurisdicción común
- III.4.1.
- b)
- III.5. Análisis de la problemática planteada
- ii)
- denegado
- APROBAR