SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1148/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

Subsidiariedad

Examinando el legajo procesal, se tiene que la demanda de amparo constitucional fue presentada por Elsa Sandoval Ortega y Esperanza Sandoval Ortega de Coronel, quienes en conocimiento de la RA 53/2007, por la que la Dirección de Desarrollo Urbano del Gobierno Municipal de Tarija, determinó la demolición de las construcciones clandestinas ejecutadas y/o poseídas por las ahora accionantes y demás coherederos de Luís Sandoval Romero -a nombre de quien se mantuvo el registro del inmueble- el 6 de marzo de 2007, presentaron recurso de revocatoria mediante memorial en cuyo encabezamiento se registra el nombre de ambas; sin embargo, el mismo únicamente se encuentra firmado por Elsa Sandoval, no así por Esperanza Sandoval Ortega de Coronel, cuyo nombre ya no figura en el memorial de recurso jerárquico presentado posteriormente contra la RA 62/2007, que resolvió el recurso de revocatoria.

De acuerdo a tales antecedentes, se determina que la accionante Esperanza Sandoval Ortega de Coronel, no interpuso los recursos administrativos legalmente previstos contra la Resolución de demolición emitida por la Dirección de Desarrollo Urbano, situación que respecto a ella da lugar a la improcedencia de la acción de amparo, de conformidad a la subregla 1.a) de la SC 1337/2003-R, antes glosada; correspondiendo ingresar al análisis de fondo del recurso ahora acción únicamente respecto a la otra accionante, Elsa Sandoval Ortega, quien agotó la vía administrativa de impugnación mediante la presentación de los recursos de revocatoria y jerárquico, conforme el procedimiento previsto en la Ley de Municipalidad y Ley de Procedimiento Administrativo.