SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0037/2010

Fecha: 20-Sep-2010

b) La Resolución Normativa de Directorio 10-0026-06 en el art. 1.I y II:

b) La Resolución Normativa de Directorio 10-0026-06 en el art. 1.I y II: “(Remesas del exterior). I. Las entidades legalmente establecidas para prestar servicios de envío o transferencia de fondos que no están reguladas por la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, para beneficiarse con la exención reglamentada por el inciso p) del parágrafo I del art. 6 del DS 28815, deberán presentar su Declaración Jurada, adjuntando la siguiente documentación (…) II. A tal efecto, dichas entidades podrán solicitar a la Administración Tributaria, la exención específica para una o más cuentas a ser destinadas exclusivamente para la transferencia de remesas del exterior hasta su percepción por el beneficiario en el país” (las negrillas son nuestras) (fs.15 a fs.19).