SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2010
Fecha: 20-Sep-2010
reconocen y amplían derechos fundamentales y garantías constitucionales…"
En el control tutelar, conforme lo precisó la referida SC 0006/2010-R, la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente se justifica -además de los argumentos expuestos- por la existencia de normas constitucionales "…que deben ser aplicadas de manera inmediata, como es el caso de la parte dogmática de la Constitución y en concreto, aquéllas normas que reconocen y amplían derechos fundamentales y garantías constitucionales…" (las negrillas son nuestras); debido a que se ha ampliado favorablemente la parte dogmática y garantista de la Constitución Política del Estado, reconociendo un amplio catálogo de principios, valores, derechos y garantías que, en mérito a los principios pro hómine y progresividad, deben ser aplicados inmediatamente.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- 2)
- 3)
- 6)
- 7)
- ii)
- I.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.1. La competencia del Tribunal Constitucional transitorio para el conocimiento de los recursos pendientes dentro del ámbito del control competencial.
- abrogó
- Fragmento 19
- III.1.2. La aplicación de la Constitución vigente y la posibilidad de analizar el fondo del problema planteado
- reconocen y amplían derechos fundamentales y garantías constitucionales…"
- respecto al contenido material de una norma,
- i)
- iii)
- III.2. Naturaleza Jurídica del recurso directo de nulidad
- III.3. Normativa legal aplicable
- c)
- III.4. Análisis del caso
- III.4.1. El accionar del Intendente de Electricidad.
- III.4.2. El accionar del Interventor preventivo
- INFUNDADO