SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1204/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1204/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

debe ser resuelta con anterioridad a resolverse la causa principal por la naturaleza de la misma

Del referido contexto normativo, se establece que la solicitud de extinción de la acción penal, debe ser resuelta con anterioridad a resolverse la causa principal por la naturaleza de la misma, pues su objetivo es que se declare extinguida la acción penal, de manera que sería contrario al principio de economía procesal y a las normas del debido proceso, resolverla con la causa principal, si al final se llegará a la conclusión de que la acción debe declararse extinguida, pues ésta situación ya existía al momento de plantear la acción y no se opera al momento de resolverse la causa en el fondo.