SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

III.3.1

El art. 102 de dicha Ley, prevé que los Tribunales Disciplinarios son organismos encargados de procesar, juzgar, al personal por faltas cometidas en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de las facultades disciplinarias atribuidas a los jefes y oficiales, de conformidad al Reglamento de Faltas Disciplinarias. Así, el art. 103, establece que el Tribunal Disciplinario Superior es el máximo organismo de carácter disciplinario, con sede en La Paz.