SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1207/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución 18/07 de 5 de septiembre de 2007, cursante de fs. 255 a 256 vta., pronunciada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, presentado por Juan Carlos Sequeiros Castillo contra Miguel Vásquez Viscarra, Comandante General; José Arias Paco, Sub Comandante General y Jefe de Estado Mayor; Jorge Espinoza Salinas, Director Nacional de Personal del Comando General; Alberto Tapia Altamirano, Director Nacional de Planeamiento y Operaciones del Comando General; Rolando Viscarra Salazar, Director Nacional Administrativo del Comando General; Miguel Gemio Urrutia, ex Director Nacional de Personal del Comando General, todos de la Policía Nacional, alegando la vulneración de sus derechos a la "seguridad jurídica", legalidad, reserva de ley, al debido proceso y al trabajo, consagrados por los arts. 7 incs. a) y d); 16.IV y 32 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción tutelar de amparo constitucional
- III.3.1
- III.3.2. Reglamento de Faltas Disciplinarias y sus Sanciones de la Policía Nacional
- actos u omisiones indebidas de servidores públicos o de persona natural o jurídica
- es ineludible que el Recurso sea dirigido contra el sujeto que cometió el acto ilegal
- III.5.Consideraciones sobre la naturaleza subsidiaria del amparo constitucional
- ;
- como autora de los actos u omisiones denunciados
- IV.2. En cuanto a la ejecución de los fallos del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Nacional
- ante el incumplimiento de la indicada Resolución, correspondía al actor acudir ante dicho Tribunal a los efectos de que haga cumplir sus propias determinaciones
- Desde su vertiente material, la cosa juzgada despliega su eficacia frente a los otros órganos judiciales o administrativos
- concedido
- APROBAR en parte