SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1221/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
recurso
En revisión la Resolución 24 de 17 de mayo de 2007, cursante de fs. 556 vta. a 557, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Carlos Alberto Ruilowa Rivero y Elio Cesar Ruilowa Rivero contra Jacinto Morón Sánchez, Teresa Vera Cañelas de Gil y Teresa Lourdes Ardaya, Vocales de la Sala Penal Primera de la Corte Superior y Walter Pérez Lora, Juez Sexto de Instrucción en lo Penal todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la seguridad jurídica, al debido proceso y a la defensa, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- Fragmento 15
- I
- Fragmento 17
- el Juez de tutela está obligado a conferir solamente lo que se le ha pedido; esto muestra la enorme importancia que tiene el petitium de la causa, pues, el Juez está vinculado a la misma
- Fragmento 19
- se dan casos en que los accionantes solicitan la tutela a través de demandas ambiguas con petición y argumentaciones imprecisas
- Fragmento 21
- orientados al contenido del petitorio o causa petendi
- APROBAR