SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1236/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.1.
II.1. La ACBM, representada por el recurrente y la Alcaldía Municipal de Sucre, tercera interesada en el presente recurso, suscribieron la escritura pública 252/98 de 3 de junio de 1998, relativa al usufructo de un lote de terreno de 20338 m², por el lapso de treinta años, para la construcción de un complejo socio cultural sanitario humanitario boliviano árabe (fs. 18 a 20 vta.). El 10 de agosto de 2001, la indicada Alcaldía, emitió certificación de aprobación de planos de todo el proyecto (fs. 254) y el 19 de julio de 2002, la ACBM, suscribió el contrato de servicios para la construcción de la obra con la Empresa Constructora “PROYECTO”, quienes luego firmaron la adenda de 11 de junio de 2004 (fs. 24 a 29).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- Fragmento 17
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza subsidiaria del recurso de amparo constitucional
- Fragmento 22
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR