SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

denegando

Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 69/2007 de 14 de septiembre, cursante de fs. 116 a 117, denegando la tutela sin costas por ser excusable, con el argumento de que el depósito judicial por la suma de $us7326,21.- corresponde a la medida precautoria de retención de fondos impetrada por el ejecutante, Luis Fernández Pinto y dispuesto por el Juez de la causa; consiguientemente, esta suma retenida salió del patrimonio de la ejecutada al efecto, razón por la que no podían afectar dicho depósito disponiendo el endose y desglose del mismo a favor del recurrente quien debe perseguir el pago de sus honorarios profesionales sobre los bienes y cuentas propias de su cliente y hacer valer el privilegio de su acreencia sobre ellos y no sobre bienes, valores o dineros ajenos que en este caso resultaría ser de los herederos del fallecido Luis Fernández Pinto.