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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2010-R

    Fecha: 13-Sep-2010

    II.2.

    II.2.  Mediante memorial de 28 de septiembre de 2004, Edwin Boris Enríquez Mercado, solicitó al Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de La Paz, la regulación de sus honorarios de acuerdo a la iguala profesional que adjuntó (fs. 50), petición que mereció Auto de 29 del mismo mes y año, mediante el cual se estableció la suma de $us9800.-, debiendo hacerse efectivo por Jenny Jobit Rojas Miranda (fs. 50 vta.), contra el que no se presentó apelación alguna.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • denegando
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • II.1.  Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
    • III.4. Análisis de caso concreto
    • III.5. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
    • APROBAR

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