Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1241/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.5.
II.5. Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2005, el ahora recurrente, pidió nuevamente que se oficie a la SBEF, para la remisión del dinero retenido por orden del mismo Juez en la Asociación Mutual de Ahorro y Préstamo para la Vivienda “La Primera” (fs. 53 y vta.), petición reiterada mediante memorial presentado el 19 de enero de 2006 (fs. 55 y vta.) el que por decreto de 20 de enero, la Jueza recurrida dio curso a la solicitud, ordenando a la entidad bancaria, la remisión de dicho monto (fs. 55 vta.), instancia que depositó al Poder Judicial la suma de $us7323,49.-, mediante certificado 306337 (fs. 56).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- II.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.4. Análisis de caso concreto
- III.5. Seguridad jurídica en la nueva Constitución Política del Estado
- APROBAR