Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1268/2010-R

    Fecha: 13-Sep-2010

    II.2.

    II.2.  El 9 de agosto de 2007, Luis Fernando Eid Rivero, presentó denuncia ante la Fiscalía General de la República e Inspector General del Ministerio Público, contra Santiago Ugarte Mamani, Fiscal de Distrito y su hermano, Herlan Ricardo Eid Rivera, Fiscal de Materia de La Paz, por la supuesta comisión de los delitos de extorsión, cohecho pasivo, legitimación de ganancias ilícitas, recepción de dádivas y abuso de autoridad (fs. 3 a 7).

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • b)
    • c)
    • d)
    • e)
    • f)
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional
    • los errores o defectos de procedimiento que materialmente no lesionan derechos y garantías fundamentales no tienen relevancia constitucional y por lo mismo, no son susceptibles de corrección por la vía del amparo,
    • Fragmento 27
    • “
    • ii)
    • denegado
    • APROBAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca