SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

b)

b)  El 22 de abril de 2008, el ahora recurrente, conjuntamente a Marco Antonio Calvo Zarate y Juan Manuel Cornejo, solicitaron la realización de una audiencia de concesión del beneficio de libertad provisional, acto que se realizó el 25 del mismo mes y año, en el Tribunal Militar de Justicia Militar (T.P.J.M.), cuya resolución en su punto segundo declaró procedente el beneficio de libertad provisional, únicamente a favor del Sof. Inc. Tec. Javier Santiago Ulo Cussi, no así para los otros dos co-procesados, calificándose la fianza en mixta, la real en Bs100000.- y la personal en dos garantes que reunieran las exigencias establecidas por ley. Lo cual fue elevado en consulta por ante el Tribunal Supremo de Justicia Militar, conforme al art. 76 del CPPM, que mediante  la resolución 01/08 de 14 de abril de 2008, en su parte resolutiva confirma la resolución emitida por el Tribunal Permanente de Justicia Militar, en todas sus partes, evidenciándose que  el ahora recurrente ha sido beneficiado con la libertad provisional, quedando pendiente solamente que oble la fianza mixta señalada en las resoluciones indicadas.