SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1295/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

reparador

De este modo, es preciso señalar que el cambio de nomenclatura en nuestra CPE, ha supuesto esencialmente la incorporación normativa de mejoras cualitativas, sin alterar su esencia, por lo que desarrollos jurisprudenciales efectuados respecto a su antigua denominación, así como los doctrinales son plenamente aplicables. En ese marco es preciso recordar que este Tribunal a través de la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, respecto a la tipología del entonces denominado hábeas corpus, señaló: "(…) el recurso de hábeas corpus por violaciones a la libertad individual y /o locomoción, puede ser reparador si ataca una lesión ya consumada, preventivo si procura impedir una lesión a producirse o correctivo si intenta evitar que se agraven las condiciones en que se mantiene a una persona detenida.