SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

1)

1)  El Auto de Vista 87/2007, fue correctamente emitido sin vulneración a ningún derecho fundamental o garantía constitucional del recurrente, por cuanto éste presentó su recurso de apelación extemporáneamente; es decir, fuera del término fatal y perentorio conferido por el art. 220.I. inc. 1) del CPC, computable a partir de la notificación con la Sentencia de primera instancia; por cuya razón el Auto de Vista impugnado no ingresó al fondo del asunto y dispuso la ejecutoria de la sentencia de 21 de diciembre de 2006; con mayor razón si el recurrente debió presentar dicho recurso de apelación en el domicilio del Secretario del Juzgado y si no hubiere sido encontrado, en el domicilio de otro Secretario o ante un Notario de Fe Pública, conforme dispone el art. 97 del CPC.