Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1305/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
II.1.
II.1. Dentro del proceso de usucapión, seguido por Isaac Almanza Barrios contra Margarita Brito Janco y Narcisa Brito Lazarte, el Juez Cuarto de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Chuquisaca, dictó la Sentencia "715/2004 de 21 de diciembre de 2006" (sic), declarando improbada la demanda; improbadas las excepciones perentorias de carencia de título; probadas las excepciones perentorias de falta de acción y derecho (fs. 2 a 4). Con dicha Sentencia se notificó al ahora recurrente en forma personal el 22 de diciembre de 2006, a horas 17:50 (fs. 5).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- i)
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Los plazos procesales en materia civil, su cómputo y la interpretación de la legalidad ordinaria realizada por la Corte Suprema de Justicia
- plazos procesales legales
- y sólo se suspenderán durante las vacaciones judiciales
- no puede aducirse como interrupción de los plazos procesales, el hecho que en vigencia del plazo para interponer un recurso de casación, hubiera habido algún día feriado,
- cuando el vencimiento del término para apelar haya coincidido con un día feriado, se traslada al día siguiente hábil,
- III.4. La problemática jurídica planteada
- APROBAR