SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1376/2010-R
Fecha: 21-Sep-2010
I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
El recurso de amparo constitucional, está dirigido contra Adolfo Gandarilla Suárez, Hernán Cortéz Castillo y Juana Molina de Paz; Osvaldo Céspedes Céspedes, Ramiro Claros Rojas y Edgar Terrazas Melgar, Vocales de la Sala Civil Primera y Segunda respectivamente, de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, y Lucidio García Morón, Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial del mismo Distrito; solicitando se anule los Autos de Vista de 14 de octubre de 2006 y 1 de noviembre del citado año, pronunciados por las Salas Civiles Primera y Segunda, así como el Auto Interlocutorio de 29 de mayo de 2009, pronunciado por el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial y se ordene que el Juez recurrido pronuncie nueva resolución con arreglo a la ley sobre la tercería de dominio excluyente o en su defecto la Sala Civil de turno proceda a dictar nuevo auto de vista sobre la apelación contra el Auto de 29 de mayo de 2006.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- existencia de dos Resoluciones sobre lo mismo, lo que constituye vulneración de derechos
- a)
- 1)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- (SC 0119/2010-R de 10 de mayo)
- Fragmento 16
- seis meses
- Sala Civil Primera
- “…i)
- Fragmento 20
- el Auto de Vista 500/2006, que ahora impugna de ilegal, y que le causaba lesión a sus derechos -según indica-, ya no tiene efecto, o lo que es lo mismo, ha cesado en sus efectos si es que le causaba lesión
- denego la tutela