SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1377/2010-R
Fecha: 21-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifiesta que los recurridos hoy demandados vulneraron sus derechos al trabajo y a recibir una remuneración justa, “a ejercer el cargo de Alcalde Municipal” y a la de petición, puesto que ante la acusación formal presentada por el Ministerio Público en su contra, el Consejo Municipal de Sorata le suspendió temporalmente de su cargo de Alcalde, pero posteriormente, durante el trámite del correspondiente proceso penal, interpuso incidente de nulidad por defectos absolutos, habiéndose dictado la Resolución 11/2007, por la que se determinó reponer obrados hasta que el Fiscal de Materia corrija los errores en los que incurrió. Por tanto, al haber quedado sin efecto legal la acusación formal, solicitó al Concejo Municipal su reincorporación, la que le fue denegada, pidiendo luego la reconsideración de esa determinación, la misma que, por informe verbal de las Concejalas demandadas, también fue rechazada, pero además le comunicaron que se había decidido negarle toda solicitud. En consecuencia, corresponde dilucidar, en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- derecho al trabajo
- derecho a una remuneración justa
- retribución o contraprestación adecuada
- derecho de petición
- auto de procesamiento ejecutoriado
- actualmente ha sido derogada por la Ley 031 de 19 de julio de 2010, Ley Marco de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibañez”
- procedimiento
- restitución
- “auto de procesamiento”
- III.4. Análisis del caso concreto
- la acusación formal de 2 de marzo de 2007, quedó igualmente invalidada, por lo que la suspensión temporal del hoy accionante como Alcalde Municipal de Sorata, adoptada como consecuencia precisamente de la referida acusación fiscal, carece de sustento legal
- APROBAR