Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1398/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.3.
II.3. Concluido el proceso agrario, favorable a Benito Sejas Alvarado y Marcelina Cabellos Montaño, mediante memorial de 18 de septiembre de 2007, solicitaron se emita mandamiento de lanzamiento con facultad de allanamiento debido a que el anteriormente emitido, no se pudo ejecutar por la oposición y resistencia de las personas asentadas en su propiedad (fs. 9 y vta.). En virtud a dicha solicitud y los informes de la policía, la autoridad judicial ordenó se extienda dicho mandamiento, mediante Resolución de 20 del mismo mes y año (fs. 10).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Respecto a la citación por edictos
- I. La citación a persona cuyo domicilio se ignorare se hará mediante edicto, bajo apercibimiento de nombrársele defensor de oficio con quien se seguirá el proceso;
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- 'esta causal debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales…'.
- III.5.1.
- III.5.2.
- III.5.3.
- APROBAR