SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1398/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
III.5.2.
III.5.2. Por otra parte, la accionante Lidia Orellana Tenorio, previamente a la interposición del incidente de nulidad (18 de septiembre de 2007) y acción de amparo constitucional (28 de septiembre de 2007), se apersonó ante la autoridad demandada mediante memorial de 6 de noviembre de 2006, solicitando que se eviten excesos en la ejecución del mandamiento de desapoderamiento; del mismo modo, el 30 de igual mes y año, interpuso recurso de reposición y ratificó su requerimiento respecto al aludido mandamiento, que debía hacerse efectivo sólo respecto a las personas que fueron demandadas en el proceso y asumieron defensa. En correspondencia con lo indicado, se infiere que la accionante consintió el supuesto acto ilegal que vulneró o lesionó sus derechos fundamentales y garantías constitucionales alegadas en la presente acción de amparo constitucional, que fue interpuesta después de transcurridos más de diez meses desde su apersonamiento al Juzgado Agrario del Distrito Judicial de Cochabamba, sin advertirse que hubiera efectuado reclamo alguno sobre los hechos que fundamentan el entonces recurso constitucional que interpuso.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación del recurso
- i)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Respecto a la citación por edictos
- I. La citación a persona cuyo domicilio se ignorare se hará mediante edicto, bajo apercibimiento de nombrársele defensor de oficio con quien se seguirá el proceso;
- contra los actos consentidos libre y expresamente
- 'esta causal debe entenderse objetivamente como cualquier acto o acción que el titular del derecho fundamental realice ante la autoridad o particular que supuestamente lesionó el mismo, como también ante otra instancia, dejando advertir o establecer claramente que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales…'.
- III.5.1.
- III.5.2.
- III.5.3.
- APROBAR