SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1521/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1521/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

II.2.

II.2.  En apelación, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz    , por Auto de Vista 110/2004 de 9 de marzo, respecto del accionante y otros miembros del Directorio de ENFE, revocó la sentencia condenatoria, decretando en su favor sentencia absolutoria en aplicación del art. 244 inc. 1) del Decreto Ley (DL) 10426, sin costas, con el siguiente fundamento: i) La Jueza a quo consideró que al establecer en el Estatuto de ENFE y la Ley de Administración y Control Gubernamentales (SAFCO), que los miembros del Directorio, son responsables solidarios y mancomunadamente por las decisiones que tomen, siendo suficiente razón para imponerles una condena, olvidando que en materia penal la responsabilidad es intuito personae; es decir, que cada persona responde personalmente por sus actos. Si bien pueden ser responsables civil o administrativamente, no pueden serlo penalmente; y, ii) La condena carece de base o fundamento legal apropiado y tan evidente es esto, que al margen del aspecto solidario, no se pudo establecer acto alguno que demuestre que de manera personal o voluntaria los miembros del Directorio, tomaron y asumieron una conducta que incurra en la descripción de los elementos esenciales de los tipos penales por los que fueron juzgados (fs. 142 a 156 vta.).