SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

II.2.

II.2.  El 6 de junio de 2009, el “Consejo Distrital 8 de OTB's y Juntas Vecinales” emitió el “Voto Resolutivo de Desconocimiento y Revocatoria”, dirigido al ahora accionante, en el que refieren que el mismo -desde su posesión-, se dedicó a la “politiquería partidaria en conminatoria con algunos separatistas que gozan de amplia trayectoria de corrupción (…) intromisión al interior de las OTB's (…) falsas informaciones, causando paralelos y desconociendo a los directorios legalmente elegidos (…) desconoce al Consejo Distrital 8 democráticamente elegido por mayoría absoluta de las OTB's y Juntas Vecinales de 25 abril de 2009 (…) incumpliendo las atribuciones específicas de un delegado titular” (sic); El Voto Resolutivo, desconoce a su representante titular ante el Comité de Vigilancia, solicitando al Pleno del citado Comité, ejecutar la revocatoria de acuerdo con la Ley de Participación Popular y arts. 12.1 y 3 y 13.1 del Decreto Reglamentario y convoca a la suplente democráticamente elegida, Filomena Paricagua, a ejercer las funciones de delegada titular (fs. 101 a 103).