SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1525/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante indica que, a casi un año y medio de ejercer las funciones encomendadas mediante acto eleccionario realizado en asamblea general extraordinaria, en el cargo de Representante Titular del Distrito Municipal 8 ante el Comité de Vigilancia de la provincia Cercado del departamento de Cochabamba, frente a la presión, agresión física y verbal de un grupo de personas, incluido el Comité de Vigilancia-el 30 de junio de 2009-, por precaución de su integridad física, fue obligado a presentar su renuncia verbal, pese al apoyo incondicional de las OTB's del Distrito Municipal 8; acto involuntario que carece de validez: Solicitó al Presidente del Comité de Vigilancia y a sus miembros, fotocopias legalizadas del acta de elección y posesión de Froilán Gutiérrez Quispe como Representante ante el Comité por el Distrito Municipal 8, de la carta de 13 de julio de 2009, del informe del Comité de Vigilancia a la carta del 16 del mismo mes y año; empero, no recibió respuesta alguna. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen vulneraciones que afecten a los derechos invocados, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.