SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

4.

4.  "Contra las Resoluciones expresadas en el punto 2, de este considerando la ahora accionante no interpuso recurso de apelación alguno, aún más, cuando refiere que hubo actividad procesal defectuosa, la ley procesal penal no reconoce recurso alguno contra la resolución que hubiese ingresado en ese defecto, de manera que existiendo esas Resoluciones tampoco se ha violentado su libertad física o su derecho de locomoción" (sic).