Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
iv.
iv. Posteriormente, no habiendo interpuesto la defensa recurso de apelación contra ese Auto, Jannet Montecinos Paredes, Directora del Centro de Orientación Femenino de Obrajes, solicitó se emita el mandamiento de traslado, por lo que todas sus actuaciones se ciñeron a las normas legales aplicables y no vulneró ningún derecho de la accionante.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- i)
- ii.
- iii.
- iv.
- v.
- vi.
- vii.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La impugnación de las resoluciones que resuelven incidentes
- III.2. La subsidiariedad de la acción de libertad y el caso concreto
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- ,
- APROBAR