Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2011-R
Fecha: 11-Oct-2011
vii.
vii.No se agravó las condiciones de detención de la accionante, pues la mayoría de las internas del Centro Penal Femenino de Miraflores al que fue trasladada, se encuentran en su misma situación procesal, es decir se encuentran detenidas preventivamente sin que se hubiese dictado en su contra Sentencia condenatoria ejecutoriada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- a)
- i)
- ii.
- iii.
- iv.
- v.
- vi.
- vii.
- 3.
- 4.
- 5.
- 6.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La impugnación de las resoluciones que resuelven incidentes
- III.2. La subsidiariedad de la acción de libertad y el caso concreto
- empero, en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- ,
- APROBAR