SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1610/2011-R

Fecha: 11-Oct-2011

6.

6.  Por otra parte, este Tribunal advierte que el reclamo que hace el abogado sobre el traslado y no así la imputada accionante, puede ser corregido por un modo procesal ordinario. Al respecto el Tribunal Constitucional sentó línea jurisprudencial a través de las SSCC 160/2005, 514/2006 y 007/2010, en sentido que no se puede acudir directamente a la vía constitucional cuando existen modos procesales ordinarios para lograr la modificación de una resolución sobre medidas cautelares de carácter personal. En el caso de Autos, la accionante no solicitó modificación alguna ante el órgano jurisdiccional correspondiente, en consecuencia, se determina que esta acción es inviable.