SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2011-R

Fecha: 21-Oct-2011

II.4.

II.4.  A través del informe emitido por el funcionario policial Ever Rocha Gonzales, al Director Departamental de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), expresó que una vez recepcionada la denuncia del Banco Unión S.A., contra autor o autores, cómplices y encubridores, por los supuestos delitos de robo agravado y otros, ocurrido en el kilómetro 8 ½ al norte, el 17 de diciembre de 2008, se constituyó al lugar juntamente con otro personal, observando que evidentemente habrían ingresado sin autorización alguna y sin respetar la propiedad privada, cortando el alambrado de los terrenos, donde varias familias tomaron posesión de los mismos, construyendo viviendas de madera en terrenos de propiedad del citado Banco. El informe pasó a conocimiento del Director Departamental de la FELCC y del Fiscal el 20 de febrero de 2009 (fs. 165).