SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1735/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1735/2011-R

Fecha: 07-Nov-2011

i)

El abogado de la accionante, ratificó los fundamentos de su memorial de demanda y los amplió, exponiendo lo siguiente: i) El Juez cautelar, tiene la obligación legal que le impone el art. 325 del Código de Procedimiento Penal (CPP), de examinar las pruebas que respaldan la acusación y absolver con las partes las observaciones y exclusiones en audiencia, más en este caso, no analizó ni valoró las mismas; ii) Tampoco consideró la doble acusación en dos jurisdicciones distintas; y, iii) A otro de los coimputados se lo liberó, pese a haber sido encontrado en posesión de sustancias controladas.