SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1735/2011-R
Fecha: 07-Nov-2011
mediante la interposición simultánea de las acciones de libertad y de amparo constitucional
En la especie, se evidencia que Virginia Victoria Padilla Justiniano, demandó la vulneración de sus derechos a la dignidad, vida, libertad de locomoción debido proceso, legalidad, presunción de inocencia, “favorabilidad”, celeridad de justicia, acceso a la justicia y defensa, en el memorial de 26 de octubre de 2010, mediante la interposición simultánea de las acciones de libertad y de amparo constitucional, contra el Juez Tercero de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de La Paz, Constancio Alcón Paco; y el Fiscal de Materia, Alberto Villegas García, mereciendo Auto de 27 del mismo mes y año, por el cual, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del citado Distrito Judicial, constituida en Tribunal de garantías, observó el cumplimiento de requisitos de fondo y contenido, otorgando un plazo de cuarenta y ocho horas a la parte accionante, -a partir de su notificación- para que los subsane.
- la accionante interpone de manera simultánea acción de libertad y acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- solicitando que se concedan ambas
- i)
- 1)
- a)
- I.2.3. Resolución
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La acción de libertad,
- La acción de amparo constitucional
- III.2. Imposibilidad de plantear simultáneamente ambas acciones
- Fragmento 18
- mediante la interposición simultánea de las acciones de libertad y de amparo constitucional
- y se ratifica en su primer “…memorial de amparo y acción de libertad
- cuando lo que debió observar era la presentación simultánea de ambas acciones, exigiendo a la actora que determine su pretensión respecto a cuál de la acciones es la que persigue de acuerdo a los hechos ocurridos en el proceso penal y derechos que consideraba vulnerados
- ordenar la tutela
- APROBAR