Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1957/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.1.
II.1. Por memorial de 12 de julio de 2010, Vanesa Guarayo Huanca, se apersonó ante la Jueza Primera de Sentencia de Quillacollo del Distrito Judicial de Cochabamba, afirmando que no cometió los delitos que se le imputan, conforme corroborará “en el curso del proceso oral y contradictorio” (sic), ofreciendo al efecto, prueba testifical, documental y de inspección del lugar de los supuestos hechos (fs. 2 a 3).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “procedente” en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela de la acción de libertad cuando se aduce persecución y procesamiento indebidos e ilegales
- la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión;
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
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