Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1957/2011-R
Fecha: 28-Nov-2011
II.6.
II.6. Por memorial de 21 de enero de 2011 (fs. 51 y vta.), la Jueza demandada solicitó la enmienda de la Resolución pronunciada por el Tribunal de garantías, comunicando la devolución del mandamiento de aprehensión librado contra Vanesa Guarayo Huanca; pretensión que fue declarada sin lugar por la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, por cuanto radicaba en el cumplimiento parcial de lo decidido en sede constitucional, quedando pendiente aún lo resuelto respecto al arraigo (fs. 52).
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- “procedente” en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcances de la tutela de la acción de libertad cuando se aduce persecución y procesamiento indebidos e ilegales
- la acción de libertad sólo es procedente cuando el acto lesivo se encuentra estrechamente vinculado con el derecho a la libertad, como causa directa; es decir, con su restricción, supresión o amenaza de estas lesiones y en el supuesto de evidenciarse absoluto estado de indefensión;
- III.2. Análisis de las circunstancias del caso concreto y si amerita la tutela constitucional
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