SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1959/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1959/2011-R

Fecha: 28-Nov-2011

1)

Yenny Prado Saavedra, Jueza Segundo de Instrucción en lo Penal, en suplencia legal del Juez Primero, demandado, no asistió a audiencia y en informe escrito cursante a fs. 7 y vta., manifestó: 1) Tanto el imputado como la parte querellante, plantearon recusas de manera abusiva ante los Juzgados de Instrucción Primero, Tercero, Cuarto, Quinto y contra su persona; empero, la Ley 007 de 18 de mayo de 2010, dispone los rechazos in límine y dada la modificación al art. 321 del Código de Procedimiento Penal (CPP), se realizó la audiencia de consideración de medida cautelar, disponiéndose la detención domiciliaria del imputado, fianza económica en la suma de Bs8 000 00.- y otras medidas; 2) Planteado el incidente de nulidad de obrados por vicios en la tramitación de la investigación, se declaró la ilegalidad de la aprehensión y se notificó personalmente al accionante con la imputación formal, regularizándose su situación jurídica. Seguidamente, se realizó la audiencia de consideración de medida cautelar en base a la prueba obtenida lícitamente; y, 3) Se ordenó, que previo a obtener la libertad el accionante, debe cumplir con las medidas sustitutivas impuestas, debiendo especificar cuál el domicilio donde cumplirá la detención domiciliaria.