Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
f)
f) Por lo señalado, resulta inatendible la pretensión del accionante, por no ser evidente el procesamiento indebido que alega, no activándose la aplicación del art. 125 de la CPE, más aún al no existir previsión expresa que ampare su solicitud de ordenar a la Sala Plena del Tribunal Supremo que le confiera el plazo de veinticuatro horas para presentar prueba.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- 1)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- El informalismo
- presentación oral
- reparador
- hábeas corpus restringido
- III.2. La acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- en forma concurrente
- III.3. El caso concreto
- APROBAR