SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0017/2011-R
Fecha: 07-Feb-2011
hábeas corpus restringido
Ese entendimiento ha sido ratificado y complementado por la SC 0044/2010-R de 20 de abril, en la que además de considerar los tres tipos de hábeas corpus referidos, se agregó otros, reconocidos por la doctrina y el derecho comparado, tales como el hábeas corpus restringido, que anotó procede cuando el derecho a la libertad física es objeto de molestias, obstáculos, perturbaciones que sin ningún fundamento legal, configuran una restricción para su cabal ejercicio; el traslativo o de pronto despacho, a través del cual lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, y el hábeas corpus instructivo que hace referencia a supuestos, en que el derecho a la libertad se encuentra vinculado al derecho a la vida, fundamentalmente en los casos de desaparición forzada de personas, y tiene como objeto identificar el paradero de la víctima, disponer su libertad e individualizar a los autores del hecho, garantizándose el derecho a la vida y también el derecho a la integridad física.
De acuerdo a la doctrina, el hábeas corpus preventivo “…procede ante la amenaza del derecho a la libertad personal. Dicha amenaza debe ser cierta y de inminente realización, esto es, que no deje margen de dubitación respecto de la ejecución o propósito de la medida que culminará finalmente en una afectación al derecho antes indicado. Como bien puede deducir el lector, estamos ante un supuesto en el que la privación de la libertad del sujeto aún no se ha hecho efectiva, sin embargo, existe la amenaza cierta e inminente de que ello llegará a producirse y de forma contraria a la Constitución y las leyes.” (DONAYRE MONTESINOS, Christian. Entorno al hábeas corpus en el Código Procesal Constitucional Peruano: Antecedentes, derechos tutelados, procedimiento y tipos de hábeas corpus. En el derecho procesal constitucional, Estudios en homenaje a Domingo García Belaunde, p. 527-528).
Conforme a la doctrina citada, la ya glosada SC 0044/2010-R de 20 de abril, citando la SC 1579/2004-R de 1 de octubre, respecto al hábeas corpus preventivo, señaló que en este “…la detención aún no se ha producido pero puede presuponerse que es inminente, en tanto que la amenaza pueda demostrarse positivamente. Este hábeas corpus también está contemplado en el art. 125 de la CPE, en los supuestos en que la persona considere encontrarse ilegalmente perseguida”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- 1)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- El informalismo
- presentación oral
- reparador
- hábeas corpus restringido
- III.2. La acción de libertad y las lesiones al debido proceso
- en forma concurrente
- III.3. El caso concreto
- APROBAR