SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0131/2011-R
Fecha: 21-Feb-2011
concedió
Mediante Resolución de 12 de marzo de 2009, cursante de fs. 199 a 204, el Juez de garantías, concedió el amparo constitucional planteado, ordenando que el Concejo Municipal de Capinota, considere en sesión extraordinaria el retiro de renuncia irrevocable presentada por el accionante, declarando la nulidad de la Resolución Municipal 003/2009 de 7 de enero, con los siguientes fundamentos: 1) En cuanto a la presentación de la carta de renuncia, se evidencia que el accionante efectivamente presentó su carta de renuncia en forma personal; 2) Respecto a la invalidez de la convocatoria y en relación con la sesión ordinaria efectuada el 7 de enero de 2009, debió ser autorizada por el Pleno del Concejo Municipal; aspecto no advertido en la convocatoria de 6 de enero de ese año, sin cuyo requisito carece de validez legal, además de no haber incluido en el orden del día la renuncia del Alcalde, convocatoria que tampoco cumplió el requisito de publicidad; y, 3) El Concejo Municipal obvió el tratamiento de la carta de retiro de renuncia presentada por el accionante, lo cual constituye una causal más de nulidad de la sesión cuestionada.
- recurso de amparo constitucional; ahora,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- porque el acto que se considera lesivo de derechos es emanado directamente del Concejo Municipal, quien se considere agraviado tiene el deber y responsabilidad de hacer uso de la reconsideración
- III.2. La reconsideración y el silencio administrativo negativo
- III.3. Exigencia de presentación de la renuncia
- III.4. Normativa aplicable en la conformación de la Directiva del Concejo Municipal y formalidades de las sesiones
- III.5.1. En cuanto al agotamiento de los medios de reclamo
- III.5.2. En cuanto a la renuncia efectuada bajo presión y la omisión de la consideración de las cartas que pretendían dejar sin efecto la renuncia
- Fragmento 21
- III.5.3. Respecto a la realización de la sesión de 7 de enero de 2009
- concedido
- 1°