SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

En atención a la previsión contenida en el art. 48.4 de la Ley del Tribunal Constitucional, por economía procesal, dado el tiempo transcurrido y por el efecto inmediato de la Resolución del Tribunal de garantías que dispuso se deje sin efecto la diligencia de notificación efectuada el 1 de septiembre de 2008, en Secretaría de la Aduana Nacional Regional Oruro, debiendo efectuar una nueva a Juan Tamaya Chambi Canaza a efecto de que pueda interponer los medios impugnativos, se dimensiona el efecto de la presente Sentencia Constitucional en sentido de que, en caso de haber activado medios de defensa y estar definida la situación jurídica, se mantienen válidos dichos actos.