SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0190/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

III.2. Análisis del caso concreto

Por otro lado, no puede soslayarse el hecho de que también se cuestiona la falta de competencia por haberse emitido la Resolución impugnada, fuera del plazo legal; al respecto, cabe señalar que los supuestos de pérdida de competencia no pueden ser reparados mediante la acción de amparo constitucional, al existir un medio idóneo y eficaz, cual es el recurso directo de nulidad, tal cual se expresó en el Fundamento Jurídico III.1.1, de la presente Sentencia Constitucional; por tanto, si el accionante consideraba que la Resolución sancionatoria GROGR ORUOI 275/2008, ha sido pronunciada cuando ya se había perdido competencia, debió recurrir al recurso directo de nulidad y no así a la presente acción tutelar, tal cual se explicó en el Fundamento Jurídico III.1.1, de la presente Resolución.