Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0252/2011-R
Fecha: 16-Mar-2011
II.2.
II.2. Isabelino Gómez Cervero, Fiscal de Materia emitió Resolución fundamentada de aprehensión el 26de noviembre de 2006, asimismo cursa el informe al Juez Décimo de Instrucción en lo Penal cautelar la complementación de diligencias preliminares (fs. 12 a 14); tramite investigativo realizado en la ciudad de La Paz contra los imputados, recopilándose las pruebas consistentes en declaraciones informativas, como muestras fotográficas (fs. 15 a 54).
- acción
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- SC 0955/2010-R
- SC
- III.3.1.En cuanto a la actuación del Juez cautelar
- o si no se ha ofrecido o dispuesto la producción de prueba, el juez o tribunal, sin más trámite, dictará resolución fundamentada
- ha momento de la interposición de la excepción de incompetencia por parte de los imputados, así como del memorial de respuesta a la excepción por parte de los querellantes (accionantes), éstos no ofrecieron prueba alguna, para que de esta manera se señale audiencia de consideración de prueba y se lleve a cabo la misma
- este agravio no fue denunciado en el memorial del recurso de apelación incidental, por lo que los Vocales demandados no podían pronunciarse al respecto por no haber sido denunciado como agravio
- APROBAR