SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2011-R
Fecha: 29-Mar-2011
denegó
Concluida la audiencia, la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 11 de 13 de abril de 2009, cursante a fs. 121 y vta., por la que denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: 1) Respecto ante la falta de fundamentación, es un aspecto que debió formularlo directamente a la Sala Civil Segunda; 2) No había necesidad de resolver la recusación, porque el Vocal se excusó y se apartó del conocimiento de la causa y si ésta fue extemporánea, no influyó en el fondo de lo litigado; y, 3) El 10 de marzo de 2009, el accionante ordinarizó el proceso ejecutivo, asimismo planteó un recurso incidental de nulidad así como un indirecto o incidental de inconstitucionalidad, aspectos que implican la denegatoria de la acción por imperio del art. 96 de la LTC.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.2. Derechos principios y valor supuestamente vulnerados
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- a)
- III.1. Ordinarización del proceso ejecutivo
- III.2. Relevancia constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1)
- III.4. Consideraciones finales
- APROBAR