SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0264/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

II.5.

II.5.  Mediante memorial presentado el 3 de septiembre de 2008, Ángel Agreda Pereira se apersonó y solicitó nuevamente apertura de plazo probatorio, haciendo notar que las disposiciones de la Sala deben contener las firmas de todos sus integrantes y no sólo del Vocal Semanero o Relator, por lo tanto, en la vía de la complementación y enmienda de la Resolución “no ha lugar”, pidió nuevo pronunciamiento (fs. 63 y vta.), resuelto por Auto 162/2008 de 4 de septiembre, mediante el cual, los Vocales en pleno ratificaron el rechazo a la solicitud de complementación y enmienda; firmado esta vez por los tres Vocales ahora demandados (fs. 64).