SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

1)

El Juez Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, René Delgado Ecos, en informe escrito cursante de fs. 253 a 254, ratificado en audiencia, indicó que: 1) Señaló audiencia de juicio oral para el 25 de agosto de 2008, en la que correspondía resolver incidentes planteados por las imputadas ante el Juzgado Quinto de Sentencia y que fueron retirados; 2) En esa fecha plantearon un nuevo incidente de actividad procesal y defecto absoluto, que en aplicación del art. 376.2 del CPP, lo declaró procedente por Resolución 19/2008 de 28 de agosto, reponiendo obrados hasta fs. 5 inclusive siendo, susceptible de apelación; 3) La parte querellante debió demandar interdicto de recobrar la posesión en función de los arts. 592 y 607 del Código de Procedimiento Civil (CPC) y no habiéndose observado dicho aspecto a momento de la admisión de la querella, correspondía ser subsanado por la vía incidental; y, 4) Los fundamentos de los incidentes y excepciones que dieron lugar a la Resolución 137/2007, son ajenos y distintos a los del incidente que motivó la Resolución 19/2008.