SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0292/2011-R

Fecha: 29-Mar-2011

I.1.1. Hechos que la motivan

En el proceso penal iniciado el 5 de enero de 2006, contra Ana María y Patricia Velasco Jordán por la presunta comisión de los delitos de apropiación indebida, abuso de confianza, perturbación de la posesión y despojo, radicado en el Juzgado Quinto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, las imputadas presentaron objeción a la querella habiéndose, declarado improbada y confirmada en apelación, interpusieron “recurso” de amparo constitucional alegando que previo al proceso penal debía tramitarse en la vía civil un interdicto de recobrar la posesión, en el cual fue declarado improcedente y ratificado por el Tribunal Constitucional mediante la “SC 339/2007”. En audiencia de juicio oral de 22 de agosto de 2007, las “imputadas” plantearon incidente por actividad procesal defectuosa y excepciones de falta de acción, cosa juzgada, prejudicialidad, incompetencia, extinción de la acción penal por abandono de la querella y solicitaron la modificación de las medidas cautelares, las cuales fueron declaradas improbadas por Resolución 137/2007, y recurriendo en grado de apelación.

Debido a varias recusaciones, el proceso radicó en el Juzgado Tercero de Sentencia, que fijó audiencia de juicio oral el 25 de agosto de 2008, donde el abogado y apoderado de las “imputadas” retiró los incidentes resueltos e interpuso uno nuevo por actividad procesal defectuosa con iguales fundamentos, pidiendo nuevamente la declinatoria de competencia, declarado probado mediante Auto 19/2008 de 28 de agosto, conculcando de esa manera los arts. 315 y 345 del Código de Procedimiento Penal (CPP). Resolución que les fue notificada el 23 de octubre de ese año y dado que no existe otra vía de impugnación, recurren de amparo constitucional.