SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
II.1.
II.1. En proceso penal seguido por Dirigentes de la “Feria Matinal del Oriente”, representada por Lila Serrano de Antezana, Wilson Aranda Maita, Miguel Ángel Juárez Surco, contra los accionantes, por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato, radicado en el Juzgado Segundo de Sentencia; el 10 de septiembre de 2008, junto a otros imputados, solicitaron la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso y además se observó el Poder 463/2005 de 21 de junio; corrido en traslado mediante proveído de 11 de ese mes y año (fs. 7 a 11). Por memorial presentado el 24 de abril de 2009, reiteraron y replantaron la indicada excepción (fs. 19 a 23 vta.). No consta en obrados que dicha excepción hubiera sido resuelta; empero, el Juez demandado, informó que se la declaró improbada y que estaría pendiente de notificación a las partes (fs. 104).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- Respecto de los actos que vulneraron el debido proceso
- Respecto de la falta de apelación de la Resolución de medida cautelar
- Respecto de la falta de notificación a un codemandado
- Respecto de la terminología utilizada en la parte dispositiva