SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0353/2011-R
Fecha: 07-Abr-2011
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución 64 de 15 de julio de 2009, cursante de fs. 110 a 112, por la que declaró “improcedente el recurso” de acción de libertad; con los siguientes fundamentos: a) Las cuestiones relativas a si procede o no la detención preventiva, la nulidad de notificaciones, el rechazo de incidentes, deben ser reclamadas en la jurisdicción ordinaria y en el caso de autos no se realizó; puesto que no se advierte que los imputados hubieran hecho uso del recurso de apelación, conforme lo establecen los arts. 403 y 404 del CPP; b) El art. 125 de la CPE, determina el ámbito de competencia de la acción de libertad, ampliado por el art. 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), disponiendo que el “recurso” procederá también cuando se alegaren vulneraciones que tengan relación con la libertad personal en cualquiera de sus formas; c) El Tribunal Constitucional, instituyó como una de las características de la acción de libertad a la subsidiariedad, entendida como la necesidad del agotamiento previo de los medios ordinarios y administrativos de defensa; y, d) En ese entendido, los “recurrentes”, deberán reclamar ante la jurisdicción ordinaria los presuntos errores para el restablecimiento de sus derechos, si hubiere lugar, para finalmente acudir a la jurisdicción constitucional, si persistiere la lesión.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- Respecto de los actos que vulneraron el debido proceso
- Respecto de la falta de apelación de la Resolución de medida cautelar
- Respecto de la falta de notificación a un codemandado
- Respecto de la terminología utilizada en la parte dispositiva