SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0418/2011-R
Fecha: 14-Abr-2011
dispuso como medida cautelar la prohibición de su presencia en el hogar conyugal
Mediante la presente acción, Edwin Calderón Lizarazu, denuncia como antecedentes una serie de irregularidades que hubiese cometido la Jueza demandada dentro de la denuncia verbal de violencia familiar interpuesta por su esposa Martha Ocampo Lema en su contra, haciendo hincapié en que el acto ilegal más grave y que es el hecho que esencialmente motiva la presente acción tutelar, de que una vez pronunciada la Sentencia, apelada y concedida en el efecto suspensivo, la Jueza demandada, con total falta de jurisdicción y competencia, dispuso como medida cautelar la prohibición de su presencia en el hogar conyugal, encontrándose desde esa fecha en la calle y sin una muda de ropa para cambiarse; por lo que precisamente pide se deje sin efecto la medida precautoria y por ende, la restitución inmediata a su domicilio.
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de subsidiariedad que rige la acción de amparo constitucional
- debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- SC 1035/2010-R
- Antecedentes del proceso judicial de donde emerge la problemática expuesta
- dispuso como medida cautelar la prohibición de su presencia en el hogar conyugal
- sí lo hace en el memorial de apelación de 25 de abril de 2009
- el acto ilegal denunciado en la presente acción de amparo constitucional, ya fue denunciado como agravio en el memorial de apelación
- “denegado”
- APROBAR